ADVIERTEN SOBRE RECARGOS INDEBIDOS EN PAGOS CON TRANSFERENCIAS Y QR

0
7

El director de Comercio Interior  volvio a recordar que los comercios no pueden aplicar recargos por el solo hecho de que un cliente elija pagar mediante transferencia bancaria, código QR u otros medios electrónicos.

La preocupación surge a partir de numerosas consultas y reclamos de consumidores que advierten diferencias de precios entre el pago en efectivo y las operaciones realizadas a través de medios digitales.

Según explicaron especialistas en defensa del consumidor, el dinero virtual posee el mismo valor que el dinero físico, por lo que cualquier diferencia injustificada podría ser considerada una infracción a la normativa vigente.

Uno de los casos más frecuentes se presenta cuando los comercios publicitan promociones o precios «exclusivos en efectivo», generando dudas sobre si existe un descuento real o si, en realidad, se está aplicando un recargo encubierto a quienes utilizan otros medios de pago.

Desde el organismo de control señalaron que cada situación debe analizarse de manera particular. En caso de una denuncia, se evalúa si existe una vulneración de la Ley 25.065 y de las normas de protección al consumidor.

La problemática suele presentarse con mayor frecuencia en comercios pequeños o en operaciones donde el comprador no dispone de efectivo y debe recurrir obligatoriamente a transferencias o pagos digitales. En esos casos, algunos consumidores aseguran haber pagado entre un 20% y un 30% más por el mismo producto.

Las autoridades recomiendan solicitar siempre comprobantes de pago y denunciar cualquier situación que pueda representar un cobro indebido o una práctica comercial abusiva. :::

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí