Está definido el Tribunal Oral Federal que juzgará a los integrantes de la banda de Edgardo Kueider

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Edgardo Kueider está detenido en Paraguay acusado de contrabando

El Tribunal Oral Federal (TOF) 5 de San Isidro tendrá a su cargo el enjuiciamiento de la banda liderada por el ex senador nacional Edgardo Kueider. Estará presidido por la jueza María Claudia Morgese Martín y lo completarán Silvina Mayorga y Walter Benditti. Se juzgará a seis personas y cinco sociedades, informaron fuentes judiciales a Infobae.

El caso se elevó a esta instancia luego de una investigación que estuvo a cargo de la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, y el fiscal de la jurisdicción, Federico Domínguez. Todos los investigados estarían vinculados a las supuestas maniobras que desarrolló Kueider para ocultar un crecimiento patrimonial que no se corresponde con sus ingresos, según la instrucción realizada.

Los cargos que enfrentará la banda serán lavado de activos, falsificación de balances y adulteración de documentos públicos. Kueider no estará involucrado en esta etapa.

En el banquillo estarán socios y colaboradores cercanos del ex legislador por Entre Ríos. Los principales son Daniel González, alias “Gonzalito” o “Pajarito”, y su primo, Javier Rubel. Ambos formaron parte de Betail SA.

Domínguez y Arroyo Salgado coincidieron en calificar a esta firma como una “fachada”. Su fin sería encubrir el presunto incremento patrimonial de Kueider mediante fondos provenientes de la corrupción.

Uno de los allanamientos realizados en Concordia durante la investigación a la banda liderada por Kueider

En un segundo escalón estarán el contador José Carlos Noguera; su esposa, Gabriela Saint Pierre; y la empleada de su estudio Débora Ferreyra. A ellos se suma Adriana Crucitta, pareja de González.

Asimismo, la acusación irá contra seis sociedades. Se trata de Lectus SA, Felsir Biotecnológica SRL, Vijusa, Industrial Argentina SA, Nopor Service SA y Vía SNP Logística. Betail quedó fuera.

Cuál es la estrategia de las defensas

El arma principal que esgrimirán los abogados defensores tendrá aspectos formales y materiales. Será el TOF 5 el que deberá evaluar su pertinencia.

La defensa considera que no se puede llevar adelante el juicio cuando aún está pendiente definir la competencia sobre qué tribunal debe investigar a Kueider.

El frente del domicilio de la empresa Betail, que finalmente no será incluida en este juicio (Maximiliano Luna)

Es que además del proceso en San Isidro hay otro abierto en Concordia. Está a cargo del juez entrerriano Ives Bastián y del fiscal José Arias. Ambos investigan al ex senador por el mismo delito. El conflicto deberá ser definido por la Corte Suprema. Antes, tendrá que dictaminar el procurador general Eduardo Casal. El expediente junta polvo en su escritorio desde el 5 de noviembre del año pasado.

En la misma línea, las defensas entienden que no puede haber juicio si no está en el banquillo el principal acusado: Kueider. “Ni siquiera se lo indagó aún”, comentó a Infobae un letrado que patrocina a varios imputados.

Fuentes de la Justicia Federal ajenas al expediente consideran, sin embargo, que el juicio se puede hacer aun cuando estas dos cuestiones estén pendientes.

Edgardo Kueider y la jueza federal Sandra Arroyo Salgado

En lo referente a que la resolución de competencia se encuentra sin resolver, arguyen que no es impedimento para avanzar sobre los demás.

En lo que respecta a que el principal implicado no esté en el juicio, sostienen la misma postura. Esgrimen que el ejemplo más claro para sostener el argumento es el caso de una gavilla de 5 miembros en la que dos están prófugos. Las audiencias contra los tres capturados pueden desarrollarse sin problemas. Si caen los otros luego, deberá sortearse un tribunal distinto y hacerse otro juicio.

Las defensas también pondrán sobre la mesa del TOF 5 la necesidad de realizar una instrucción suplementaria. El fin es incorporar a la causa pruebas que Arroyo Salgado y Domínguez obviaron, según la postura que esgrimen. El tribunal deberá hacer zoom sobre este punto y decidir si son o no pertinentes y si no se trata de una maniobra dilatoria de las defensas.

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