
La Inspección General de Justicia rechazó el traslado de domicilio de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), presidida por Claudio Tapia, a la provincia de Buenos Aires, calificó la mudanza al partido de Pilar como “ficticia” y advirtió sobre una serie de irregularidades administrativas y registrales que, según su evaluación, vuelven inviable el cambio de jurisdicción.
La resolución, firmada este 18 de febrero por el titular del organismo, Daniel Roque Vítolo, no solo frena el intento de la entidad de abandonar la órbita porteña, sino que coloca bajo fuerte cuestionamiento la conducta de sus autoridades, al afirmar que la sede social declarada en territorio bonaerense es “falsa” y que la AFA “nunca se mudó realmente”. “Han mentido”, advirtió el funcionario, tras la notificación formal del acto administrativo.

El expediente comenzó el 15 de enero de 2026, cuando la AFA solicitó a la IGJ la aprobación e inscripción de la reforma de su estatuto para trasladar el domicilio legal desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la provincia de Buenos Aires. En la documentación presentada, la entidad consignó como nueva sede social la calle Mercedes 1366 —actualmente Néstor Kirchner— en Pilar y pidió la cancelación de la inscripción vigente en el Registro Público a cargo del organismo nacional. El cambio, sostuvo la AFA, había sido aprobado en una Asamblea Extraordinaria celebrada el 17 de octubre de 2024 en territorio bonaerense, bajo fiscalización de la autoridad provincial.
La IGJ respondió con una negativa tajante. En la resolución denegatoria, invocó en primer lugar el artículo 310 de la Resolución General 15/2024, que establece que, antes de cancelar la autorización para funcionar y la inscripción registral, la entidad debe cumplir con todas las obligaciones pendientes ante la autoridad de control. Según el análisis oficial, al momento de la solicitud persistían trámites sin concluir: el expediente sobre la reforma estatutaria no había sido evaluado ni inscripto en forma definitiva y continuaban en revisión las contestaciones de la AFA a las observaciones cursadas sobre balances y estados contables de los ejercicios 2017 a 2024, inclusive. La IGJ recordó que el 17 de diciembre de 2025 había intimado a la entidad a brindar explicaciones sobre esos estados contables y que las respuestas no resultaron satisfactorias, lo que motivó una segunda intimación.
Ese aspecto técnico remite a un conflicto más amplio que se arrastra desde hace semanas. En paralelo al trámite por el cambio de domicilio, la IGJ amplió la revisión de los balances de la AFA y volvió a requerir información detallada sobre el destino de aproximadamente 450 millones de dólares declarados en los estados contables desde 2017. El foco estuvo puesto en operaciones vinculadas a contratos comerciales internacionales y en la consistencia documental de determinadas partidas. El pedido de traslado de jurisdicción se realizó en ese contexto de escrutinio reforzado, lo que alimentó interpretaciones políticas sobre la conveniencia de que la entidad pasara a depender de la autoridad de control bonaerense en vez de la nacional.
Sin embargo, el núcleo más sensible de la resolución no reside en los balances, sino en la verificación del domicilio denunciado. La IGJ sostuvo que la sede social fijada en Pilar es “falsa y ficticia” y aseguró haberlo comprobado mediante una inspección realizada por el Director de Entidades Civiles y la Jefa de Personería Jurídica de esa dirección. Según el acta incorporada al expediente, los funcionarios recorrieron la traza de la calle Mercedes —hoy Néstor Kirchner— y no hallaron identificación que permitiera ubicar el número 1366. En las cuadras correspondientes a ese rango no existe cartel de numeración; tras consultar a vecinos y observar la disposición de los inmuebles, constataron que la numeración par se encuentra del lado izquierdo y la impar del derecho. En el tramo relevado, la numeración par llega hasta el 900 con viviendas; entre aproximadamente el 1.100 y el 1.400 se extiende el predio del Polideportivo Municipal de Pilar con su estadio; contiguo a este se encuentra el Club Real Pilar. No existen, según la descripción oficial, oficinas ni instalaciones que puedan identificarse como sede administrativa de la AFA.

La conclusión de la IGJ es categórica: “la dirección denunciada corresponde a una localización territorial en la cual la asociación civil no se encuentra, no tiene instalación alguna ni funciona allí la administración y gobierno de la entidad”. En términos jurídicos, el organismo entiende que no puede hablarse de domicilio social si no existe una sede efectiva donde se desarrollen las actividades de dirección y administración. Desde esa perspectiva, el traslado sería meramente formal y carente de sustento fáctico.
La resolución suma un elemento que agrava el cuadro: señala la existencia de un “permanente reconocimiento público” por parte de la propia AFA de que su sede social continúa siendo Viamonte 1366, en la Ciudad de Buenos Aires. Ese domicilio figura en comunicaciones oficiales y es el lugar donde, en los hechos, funciona la administración central. Para la IGJ, esa circunstancia refuerza la conclusión de que no existió mudanza efectiva y que la inscripción pretendida en la provincia carece de correlato real.
El conflicto trasciende el ámbito nacional. La Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires inscribió unilateralmente a la AFA en su jurisdicción, pero dejó asentado que no se admitirían nuevos actos de la entidad hasta tanto no se hiciera efectiva la cancelación de la inscripción ante la IGJ. Este punto revela una tensión interjurisdiccional: mientras la provincia avanzó en el registro, el organismo nacional considera que el procedimiento está inconcluso y que no puede perfeccionarse el traslado sin cumplir previamente con todas las exigencias formales y materiales.
En otro expediente vinculado, la AFA solicitó la convalidación de decisiones adoptadas en la Asamblea de octubre de 2025, celebrada bajo fiscalización de autoridades bonaerenses. La IGJ no admitió la validez de esa asamblea y exigió que se subsane mediante la realización de un acto que cumpla con los requisitos establecidos por la normativa nacional. De este modo, el organismo no solo rechaza el cambio de domicilio, sino que además pone en duda la eficacia de actos societarios adoptados bajo la presunta nueva jurisdicción.

Las declaraciones públicas del Inspector General de Justicia, Daniel Roque Vítolo, reforzaron el tono de la resolución: “No caben ya dudas de que la sede social denunciada por AFA en la provincia de Buenos Aires es falsa; la AFA nunca se mudó realmente a la provincia, ni tiene sede alguna en el municipio de Pilar. Lo han constatado nuestros funcionarios, el ARCA, los periodistas y todos los que han pasado por ese lugar. Es inexplicable que las autoridades de una entidad tan importante como la AFA le hayan mentido a magistrados, entidades administrativas y a la gente denunciando una sede social ficticia donde no están ni estuvieron nunca. Una verdadera farsa”.
La referencia al ARCA no es casual. Días antes, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero había impugnado el pedido de traslado tras una verificación de campo que también concluyó que la dirección denunciada no se correspondía con una sede operativa. La coincidencia entre los informes administrativos y las constataciones periodísticas reforzó la postura de la IGJ y dejó a la conducción de la AFA en una posición defensiva.
Para la entidad presidida por Tapia, el cambio de domicilio se presentó como una decisión soberana adoptada por su Asamblea y amparada en la autonomía asociativa. Sus abogados argumentaron que el traslado había sido aprobado conforme al estatuto y que la inscripción provincial demostraba la validez del acto. Sostuvieron además que la numeración denunciada se correspondía con una parcela identificable, aunque no existiera señalización visible en la vía pública. La IGJ descarta esa interpretación y exige una sede concreta y verificable.
El trasfondo político es ineludible: cambiar el domicilio legal implica modificar la autoridad de control primaria. Mientras la AFA permanezca bajo la órbita de la IGJ, el organismo nacional conserva la facultad de requerir información, observar balances y fiscalizar actos societarios. El intento de traslado a la provincia de Buenos Aires, gobernada por una fuerza política distinta a la del Ejecutivo nacional, fue interpretado como un movimiento para reconfigurar ese esquema de control en un contexto de fricciones crecientes.
En las últimas semanas, la revisión de los estados contables y el pedido de explicaciones sobre montos millonarios tensaron la relación entre la AFA y el Gobierno. La discusión sobre el destino de 450 millones de dólares declarados en balances desde 2017 se convirtió en uno de los principales ejes de presión institucional. En ese marco, el rechazo del cambio de domicilio consolida la posición de la IGJ y mantiene a la entidad bajo su supervisión directa.
La determinación del domicilio legal incide en la competencia territorial de eventuales causas judiciales. En expedientes donde se debatía la intervención de tribunales porteños o bonaerenses, la cuestión del domicilio de la AFA resultaba central. Al sostener que la sede sigue estando en la Ciudad de Buenos Aires, la IGJ fija un criterio que puede proyectarse sobre esos procesos.
La AFA deberá definir ahora su estrategia: recurrir la resolución, intentar subsanar las observaciones formuladas o reencauzar el trámite cumpliendo con los requisitos exigidos. Para la autoridad nacional, no hubo traslado efectivo y la mudanza anunciada carece de sustento fáctico. La calificación de “ficticia” implica, según la lectura del organismo, que se denunció un domicilio inexistente ante autoridades administrativas y judiciales.
En el plano político, la decisión fortalece la posición del Gobierno en su disputa con la conducción del fútbol argentino y deja a la AFA ante un escenario de mayor escrutinio. El intento de radicarse en Pilar, presentado como un paso institucional, terminó en el centro de una controversia que combina derecho registral, control contable y tensiones de poder. Mientras no se revierta la resolución ni se cumplan las exigencias pendientes, la sede legal de la AFA seguirá siendo, para la IGJ, la de Viamonte 1366 en la Ciudad de Buenos Aires y el cambio a la provincia quedará inscripto en el expediente como una mudanza que nunca existió.



