
El gobernador Rogelio Frigerio firmó un decreto declarando el estado de desastre o emergencia agropecuaria en Entre Ríos. La medida es retroactiva al 1° de agosto y se extenderá hasta julio del año próximo. Los productores alcanzados tendrán ventajas y facilidades impositivas durante ese lapso.
El mandatario comisionó a su ministro de Producción, Guillermo Bernaudo, a que tramite ante funcionarios del Gobierno de Javier Milei que la Nación también declare la emergencia.
La medida comprende a las explotaciones ganaderas y apícolas ubicadas en zonas de islas y anegadizos de los departamentos de La Paz, Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay e Islas del Ibicuy. Todos están a la vera del río Paraná.
La decisión del Ejecutivo entrerriano empalmó con otra anterior. El 29 de agosto se declaró el estado de emergencia hídrica en todo el territorio provincial. El objetivo fue implementar acciones para prevenir los efectos de El Niño. También se buscó reducir los daños sobre la población, la infraestructura, los servicios esenciales y las actividades productivas.
“Nuestra responsabilidad es estar cerca”

“Sabemos que el fenómeno de El Niño ya está golpeando a algunos productores entrerrianos, especialmente a quienes desarrollan actividades ganaderas y apícolas en las zonas de islas”, aseguró Frigerio en diálogo con Infobae.
Y remarcó: “Frente a esta situación, nuestra responsabilidad es estar cerca, acompañarlos y darles herramientas concretas para que puedan atravesar este momento difícil”.
“Decidimos declarar la emergencia agropecuaria y avanzar con medidas de alivio fiscal. Vamos a postergar vencimientos de impuestos, establecer facilidades de pago y otorgar exenciones a quienes sufrieron las mayores pérdidas. No podemos exigirles a los productores que cumplan con las mismas obligaciones cuando una inundación les impide trabajar y producir”, indicó.
Frigerio concluyó: “Desde el primer día venimos trabajando para anticiparnos a las consecuencias de este fenómeno climático. Nuestra prioridad es cuidar a las familias entrerrianas, sostener la producción y proteger las fuentes de trabajo. Como gobierno tenemos que generar soluciones concretas, especialmente frente a estas catástrofes naturales”.
Qué implica la declaración

El decreto que contiene la decisión instruye a la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) a que difiera los vencimientos de anticipos del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub Rural 2026 y 2027, al 31 de enero de 2028. Esto alcanzará a los que operen durante el período de vigencia del estado de emergencia o desastre agropecuario.
Se establece también un plan especial opcional de facilidades de pago para la cancelación de los anticipos. Los productores tendrán hasta tres cuotas mensuales consecutivas y sin interés de financiación. La primera vencerá el 10 de marzo de 2028. En paralelo, se condonan las multas e intereses generados por el cumplimiento fuera de término devengado hasta la fecha de vencimiento de los anticipos del Impuesto Inmobiliario prorrogado.
A los productores que estén comprendidos dentro del desastre o de la emergencia se los eximirá del pago de los anticipos del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub-Rural con vencimiento en el período de vigencia (agosto ‘26 – julio ‘27). El grado de la exención dispuesto será el equivalente al porcentaje de pérdida manifestada en el certificado de desastre se otorgue.
Para quedar dentro de la emergencia, los productores deben presentar una declaración jurada. Esta se entrega ante la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de Entre Ríos. La nota deberá tener la firma de un profesional de las ciencias agropecuarias matriculado. Además, tendrá que ser certificada por una entidad pública o privada representativa o vinculada al sector afectado. Con ese instrumento, el Ministerio de Desarrollo Económico confeccionará los certificados para acceder a los beneficios previstos.
Cuáles son las razones de la decisión
La declaración es resultado de la evaluación de la situación hídrica que se realizó en el ámbito de la Comisión Provincial de Emergencia y Desastre Agropecuario.
Allí se consideró que El Niño afecta la capacidad productiva de la actividad ganadera y apícola en la zona de influencia de los ríos Paraná y Uruguay. La determinación del Gobierno provincial se respalda en informes específicos de varios organismos. Entre ellos está el Instituto Nacional de Agua (INA). También figuran el Senasa y la Fundación de Lucha Contra Fiebre Aftosa (Fucofa). Se suman las direcciones de Hidráulica y Obras Sanitarias y Producción Animal. Además, están el INTA y Prefectura Naval Argentina.
En lo que respecta a la ganadería, se informaron importantes perjuicios económicos y productivos. Estos daños se derivaron, entre otros factores, de la disminución del rendimiento, la reducción del precio obtenido por ventas forzosas de hacienda, los mayores costos de alimentación, traslado y arrendamiento de campos receptores. También se conjugaron dificultades operativas y sanitarias asociadas al retiro y reubicación de los animales. Se estima que más de un 50% de la capacidad productiva está afectada.
En lo que refiere a la apicultura se describieron impactos sobre colmenas emplazadas en zonas de humedales, islas y franjas costeras. Se consideraron, asimismo, las pérdidas directas. También la aparición de dificultades para retirar y mover las colmenas.



