El Gobierno definió cambios para materias y contenidos en los programas de once carreras universitarias

0
3

Las universidades tendrán hasta doce meses para adecuar sus planes de estudio a las nuevas resoluciones del Gobierno (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Ministerio de Capital Humano, a través de la Subsecretaría de Políticas Universitarias de la Secretaría de Educación, oficializó una serie de modificaciones estructurales en once carreras universitarias reguladas por el artículo 43 de la Ley de Educación Superior N.º 24.521.

Las resoluciones, publicadas en el Boletín Oficial, introducen cambios en los contenidos curriculares, la carga horaria mínima, los criterios de formación práctica y los estándares de acreditación de títulos. La medida, impulsada por el Consejo de Universidades, apunta a adecuar los planes de estudio a “los avances tecnológicos, científicos y productivos del presente”, según se lee en el comunicado oficial.

Las reformas abarcan las siguientes carreras:

  • Licenciatura en Biotecnología
  • Licenciatura Psicología
  • Licenciatura Ciencias de la Computación
  • Licenciatura en Sistemas, Informática, Análisis de Sistemas
  • Odontología
  • Ingeniería en Transporte
  • Ingeniería Naval
  • Ingeniería en Sistemas de Información

Las reformas alcanzan a carreras reguladas por el artículo 43 de la Ley de Educación Superior por su impacto en la sociedad

Las resoluciones que avalan estas modificaciones establecen una nueva estructura formativa para las titulaciones alcanzadas, fijando contenidos mínimos, criterios de acreditación y requisitos para las prácticas profesionales. Además, en algunos casos, se redefinieron las actividades profesionales reservadas al título.

Según la normativa, las universidades públicas y privadas dispondrán de un plazo de hasta doce meses para adaptar sus planes de estudio. Durante ese período, podrán presentar acreditaciones de forma voluntaria. Cumplido el plazo, la adecuación a los nuevos estándares será obligatoria para continuar ofreciendo las carreras involucradas. En los casos de carreras nuevas, los requisitos regirán de forma inmediata, y no se podrá iniciar el dictado sin la validación correspondiente del organismo acreditador.

La iniciativa también contempla la revisión de la carga horaria mínima exigida, una nueva definición de la intensidad de la formación práctica y la actualización de los estándares nacionales de acreditación. De esta forma, cualquier plan de estudios vigente deberá ser reformulado por las universidades para ajustarse a los lineamientos definidos por el Estado.

En el caso particular de la Licenciatura en Biotecnología, regulada a partir de ahora por la Resolución 980/2025, se establecieron estándares que hasta el momento no existían a nivel nacional. Esta carrera, considerada estratégica dentro del campo científico y productivo, encabeza el proceso de reforma. La resolución incluye contenidos mínimos, criterios para la acreditación y prácticas obligatorias, con el mismo plazo de hasta doce meses para su implementación.

Los cambios afectan la validez nacional de los títulos y serán obligatorios para todas las universidades del país (Crédito: FADU, UBA)

“Estas carreras están comprendidas en el artículo 43 de la Ley de Educación Superior N.º 24.521, lo que significa que su ejercicio profesional está regulado por el Estado nacional debido a su posible impacto directo en la salud, la seguridad, los derechos o los bienes de la población”, señaló el comunicado. Por ello, se aclara, los planes de estudio deben cumplir con estándares comunes y ser acreditados oficialmente antes de ser reconocidos.

El proceso de actualización fue coordinado en articulación con organismos técnicos como el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), el Consejo de Rectores de Universidades Privadas (CRUP) y, en el caso de Biotecnología, con la CONBIOTEC. Según se detalla en los documentos oficiales, en algunos casos los contenidos podrán ser revisados periódicamente en función de avances técnicos o acuerdos regionales, como los del MERCOSUR Educativo.

El objetivo, afirmaron desde la cartera, es “garantizar la calidad formativa en un campo de creciente demanda nacional e internacional”. En esa línea, el cumplimiento de los nuevos requisitos será condición necesaria para la validez nacional de los títulos emitidos bajo estas denominaciones.

El comunicado enfatiza que las reformas deben implementarse respetando el principio de autonomía universitaria, pero sin desatender los criterios establecidos por la Ley de Educación Superior vigente. Así, el Ministerio dio por iniciado un proceso de adecuación que impactará de forma directa en las universidades y en los futuros egresados de las carreras alcanzadas.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí